Creo que el tipo de contratos o que tipo de personal, no tiene que ver mucho. Este no es un tema de derecho laboral si no administrativo.
Lo relevante es que está sometida a la ley 30/1992; ya que si no ni se permitiría hacer un recurso de alzada.
Reclamaciones a la Comisión de Valoración IIIA02 (2008)
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- Javier
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Re: Reclamaciones a la Comisión de Valoración IIIA02 (2008)
Para los sindicatos con representación en AENA es un tema de derecho laboral.
Para los candidatos es un tema de derecho administrativo.
Para los candidatos es un tema de derecho administrativo.
Saludos
Javier
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Javier
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