Jubilaciones parciales y relevistas
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Jubilaciones parciales y relevistas
Buenas tardes. A principios de julio recibimos en el mail de Enaire el acta sobre un preacuerdo de la representación sindical y la empresa con, entre otros, el tema de las jubilaciones parciales.
En dicho documento se expone que van a tramitarse las autorizaciones correspondientes para proceder a las jubilaciones parciales por orden de edad, con una reducción de jornada de un 25%.
Asimismo, se indica que para la cobertura de dichas plazas, se acudirá a la bolsa externa vigente, ofreciendo un contrato de relevos. Dicho contrato pasará a ser fijo cuando el relevado finalmente se jubile totalmente.
Mi duda es, la empresa está obligada a ofrecer este contrato de relevos en la bolsa vigente correspondiente a la plaza del prejubilado? Es decir, que si el prejubilado ocupa una plaza IIA08- Esp. E1 en Palma, la empresa puede ofrecer el relevo en un puesto distinto (ej, IIA08- Esp. E5 en Torrejón) o este acuerdo le fuerza a ofrecerlo en la misma bolsa,.mismo centro.
Muchas gracias
En dicho documento se expone que van a tramitarse las autorizaciones correspondientes para proceder a las jubilaciones parciales por orden de edad, con una reducción de jornada de un 25%.
Asimismo, se indica que para la cobertura de dichas plazas, se acudirá a la bolsa externa vigente, ofreciendo un contrato de relevos. Dicho contrato pasará a ser fijo cuando el relevado finalmente se jubile totalmente.
Mi duda es, la empresa está obligada a ofrecer este contrato de relevos en la bolsa vigente correspondiente a la plaza del prejubilado? Es decir, que si el prejubilado ocupa una plaza IIA08- Esp. E1 en Palma, la empresa puede ofrecer el relevo en un puesto distinto (ej, IIA08- Esp. E5 en Torrejón) o este acuerdo le fuerza a ofrecerlo en la misma bolsa,.mismo centro.
Muchas gracias
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Re: Jubilaciones parciales y relevistas
Por si te sirve mi experiencia dentro de la empresa privada. En el 2006 me ofrecieron firmar un contrato de relevo que luego se convirtió en fijo, donde la persona prejubilada desarrollaba otro trabajo diferente al mio, en distinto departamento, sección, división, categoría, etc...Lo que si teníamos en común era el horario/jornada laboral y el centro de trabajo.
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- Registrado: 29 Ene 2019 19:30
Re: Jubilaciones parciales y relevistas
En el acta se determina que:
"Ambas entidades han procedido a analizar la solicitud efectuada por la representación sindical, de contratar directamente a trabajadores fijos para poder continuar realizando el jubilado parcial una reducción del 75% de su jornada de trabajo"
De ahí entiendo que deberá ofertarse la plaza del prejubilado en la misma especialidad/centro que ocupa actualmente
"Ambas entidades han procedido a analizar la solicitud efectuada por la representación sindical, de contratar directamente a trabajadores fijos para poder continuar realizando el jubilado parcial una reducción del 75% de su jornada de trabajo"
De ahí entiendo que deberá ofertarse la plaza del prejubilado en la misma especialidad/centro que ocupa actualmente
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Re: Jubilaciones parciales y relevistas
Hasta cuando estan autorizadas las jubilaciones parciales en AENA? 2021 o 2022?
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- Mensajes: 7
- Registrado: 29 Ene 2019 19:30
Re: Jubilaciones parciales y relevistas
Hasta 2021 según parece
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- Mensajes: 553
- Registrado: 01 Abr 2008 18:06
Re: Jubilaciones parciales y relevistas
Es raro porque por ley están autorizadas hasta 2022 . Si el motivo es el cambio de convenio no tiene muy buena pinta que digamos.
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- Registrado: 09 Jul 2016 22:12
Re: Jubilaciones parciales y relevistas
AENA También ha firmado?
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Re: Jubilaciones parciales y relevistas
Está firmado por el Grupo AENA, es decir, AENA y Enaire
- Alex
- Moderador
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- Registrado: 29 Mar 2008 14:45
Re: Jubilaciones parciales y relevistas
No está firmado nada, tiene que autorizarlo el Gobierno de Turno.
Lo que hay es acuerdo en Aena y ENAIRE para solicitarlo.
Lo que hay es acuerdo en Aena y ENAIRE para solicitarlo.
Un saludo
Alex
Moderador
Alex
Moderador
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- Registrado: 29 Ene 2019 19:30
Re: Jubilaciones parciales y relevistas
Correcto, está pendiente de que el ministerio lo ratifique.
Mi duda es si, una vez ratificado, tirarán de la bolsa de la especialidad correspondiente al jubilado. Entiendo que debiera ser así
Mi duda es si, una vez ratificado, tirarán de la bolsa de la especialidad correspondiente al jubilado. Entiendo que debiera ser así