Vamos a copiar aquí lo que dice al respecto la Resolución de 10 de febrero de 2017, de la Secretaría General de Transporte, por la que se aprueba la actualización de la parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil. (BOE nº 49 de 27 de febrero de 2017, pag. 13452).
10. Tipos delictivos que provocarán siempre que el informe de idoneidad sea negativo.De conformidad con lo que se recoge en el apartado 6 del presente procedimiento, en virtud de los principios del derecho penal de prevención general y especial, la grave afectación a los bienes jurídicos protegidos, y la gran alarma social que generan, se reseña que serán objeto de causa suficiente – teniendo en cuenta todos los elementos concurrentes - para valorar negativamente la idoneidad de las personas que accedan a la ZRS o de las personas pertenecientes a alguno de los colectivos mencionados en los apartados a, b y c del punto 1 del presente procedimiento, cuando hayan sido condenadas, con carácter firme, por la comisión de un delito doloso de contrabando o de los siguientes tipos y subtipos delictivos dolosos del Código Penal:
● Homicidio y asesinato (artículos 138 al 141).
● Tráfico ilegal de órganos humanos (artículo 156 bis).
● De la manipulación genética: Producción de armas biológicas o exterminadoras (artículo 160).
● Detención ilegal y secuestro (artículos 163 al 165).
● Trata de seres humanos (artículo 177 bis) y delito contra los ciudadanos extranjeros (art. 318 bis).
● De los hurtos: Hurto cualificado (artículo 235).
● De los robos: robo (artículos 237, 238, 240, 241 y 242).
● Extorsión (artículo 243).
● De los daños: Daños mediante incendio o explosión u otros medios destructivos (artículos 265 y 266).
● Blanqueo de capitales (artículos 301 y 302).
● Apoderamiento de materiales nucleares o elementos radiactivos y estragos (artículos 345, 346 y 348).
● De los delitos de incendio: provocar incendio con peligro para la vida o la integridad física (artículo 351).
● De los delitos contra la salud pública: Cultivo, elaboración o tráfico de drogas, tóxicas, estupefacientes y psicotrópicas y elaboración o comercio ilegal de sustancias nocivas para la salud o que puedan causar estragos y envenenar con sustancias infecciosas o gravemente nocivas la aguas potables o alimentos (artículos 359, 365, 368, 369, 369 bis y 370).
● Falsificación de moneda y efectos timbrados (artículos 386 y 389).
● De la tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivo; fabricar, comerciar ilegalmente o establecer depósitos de armas. (artículo. 563,564, 566, 568 y 569).
● Asociación ilícita (artículos 515 al 519).
● Desordenes públicos: Daños en servicios públicos y amenazas de artefactos (artículos 557, 560 y 561).
● De las organizaciones y grupos criminales (artículos 570 bis, ter y quáter).
● De las organizaciones y grupos terroristas (artículos 571).
● De los delitos de terrorismo (artículos 572 a 579).
● Delitos de lesa humanidad y Genocidio (artículos 607 y 607 bis).
● Delitos de piratería (artículo 616 ter).
Los árticulos que se hacen referencia se puede consultar su texto actualizado en el Código Penal:
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