El permiso de conducir es un "requisito", no un "mérito"; por lo que entiendo que NO hay que presentarlo en el momento que soliciten los méritos. Igual que la titulación exigida (Bachiller, FP, etc...) es un "requisito", que en el caso de algunas ocupaciones también puede ser un "merito" por el que te pueden dar X puntos.
Supongo que estos documentos habrá que presentarlos en el momento de una hipotética contratación (o cuando la comisión de valoración lo requiera), a excepción de un Titulo de FP que dé puntuación por méritos, que si lo presentas en su plazo, te dará los puntos correspondientes y sino pues nada.