Buenas tardes.
Leyendo las bases he visto que en la ocupación de IIIA02 Técnico administrativo (especializado) pueden valorarte los méritos por servicios prestados en otras empresas, pero para ello hay que presentar simultáneamente 3 documentos: contrato de trabajo, certificado de la vida laboral y certificado de funciones. Este último documento es el que me genera la duda: ¿qué pasa si la empresa para la que trabajé ha cerrado, o los socios/administradores ahora son otros?
Muchas gracias de antemano por la respuesta.