Hola Javier, Alex y compañía, a ver si vosotros me podéis aclarar esta duda:
En el aeropuerto en el que yo trabajo ha ido sucediendo lo siguiente:
- Año 2009 se prejubila una compañera con la categoría de administrativo, su plaza se cubre con un contrato de relevo.
- Año 2010 otra compañera se jubila también administrativo pero no contratan a nadie para cubrir este puesto y "en rumores de cafetería" se dice que esta plaza y la anterior no van a salir, a promoción interna porque no dan la autorización ¿esto es legal?.
Yo quiero optar a una de esas plazas, suponiendo que a la de relevo aún no se pueda porque le queda un año y medio para que la jubilación total, ¿es lógico lo de la segunda?