He leído en el boletín infomativo de CCOO que en el aeropuerto de Alicante han despedido a una trabajadora de AENA por causas objetivas (aplicando la reforma laboral, artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores). ¿Alguien sabe si esa trabajadora era fija o temporal?
Despido en el aeropuerto de Alicante-Elche
El 13 de marzo de 2014 la Dirección del Aeropuerto de Alicante-Elche comunicó al Comité de Centro la decisión de extinguir el contrato de trabajo a una compañera por causas objetivas, aplicando por primera vez en el Grupo Aena, la reforma laboral, concretamente el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores. El despido tendría efecto 4 días después, el 17 de marzo de 2014.
Ante este hecho sin precedentes en nuestra empresa y teniendo en cuenta las graves repercusiones que esta decisión puede acarrear, en Asamblea de Trabajadores se decidió mostrar nuestra más absoluta repulsa mediante una recogida de firmas y un “paro solidario” tanto en nuestro centro como en todos aquellos que se quieran adherir el martes 06 de mayo de 2014.
La Dirección convocó posteriormente el pasado viernes 11 de abril al comité de centro, con la intención de “tranquilizarnos”, asegurando que se trata de un hecho aislado. En pocas palabras, nos piden un acto de fe. A la Sección Sindical de CC.OO. en el aeropuerto de Alicante-Elche, nos aterra pensar que se ha abierto una puerta para futuros despidos.