Hola.
La situación que se me puede presentar es la siguiente:
Me ofrecen un contrato de IT para sustituir una maternidad/paternidad (aprox 4 meses). La persona que esta de baja pide una excedencia por cuidado de hijo (máximo casi 3 años) y enlaza la paternidad con la excedencia. ¿Este contrato inicial de 4 meses se "prorroga automáticamente" hasta que termine la excedencia del sustituido o se genera un nuevo contrato (y obviamente se le ofrece a quien que le corresponda en bolsa)?
(Doy por hecho que si entre la baja por maternidad y la excedencia hay incorporación aunque sea de pocos días, si se acaba el primer contrato y se genera otro).
Saludos.
Enlace de contratos
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- Javier
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Re: Enlace de contratos
Depende de lo que esté escrito en el contrato.
Si el contrato dice que el motivo de la contratación es una cobertura por baja por maternidad y además pone el nombre de la persona a sustituir, cuando termine esa "baja por maternidad" se termina el contrato, además ese tipo de contratos acostumbran a poner la fecha de finalización, ya que se conoce el tiempo establecido de baja por maternidad.
En un principio eso de: "se prorroga automaticamente" no está escrito en la Legislación Laboral.
Entre la baja por maternidad y una excedencia por cuidado de hijos no tienen porque haber dias de trabajo por medio.
En los contratos por Excedencia para el cuidado de hijos (Artículo 88 a) del I Convenio Colectivo del Grupo Aena), se hace constar tambien el nombre del trabajador, y este contrato finaliza cuando el trabajador en excedencia se reincorpore (sin fecha), ya que el trabajador puede solicitar reincorporarse antes de los 3 años, que es el tiempo máximo de esta excedencia.
Si el contrato dice que el motivo de la contratación es una cobertura por baja por maternidad y además pone el nombre de la persona a sustituir, cuando termine esa "baja por maternidad" se termina el contrato, además ese tipo de contratos acostumbran a poner la fecha de finalización, ya que se conoce el tiempo establecido de baja por maternidad.
En un principio eso de: "se prorroga automaticamente" no está escrito en la Legislación Laboral.
Entre la baja por maternidad y una excedencia por cuidado de hijos no tienen porque haber dias de trabajo por medio.
En los contratos por Excedencia para el cuidado de hijos (Artículo 88 a) del I Convenio Colectivo del Grupo Aena), se hace constar tambien el nombre del trabajador, y este contrato finaliza cuando el trabajador en excedencia se reincorpore (sin fecha), ya que el trabajador puede solicitar reincorporarse antes de los 3 años, que es el tiempo máximo de esta excedencia.
Saludos
Javier
Administrador
Javier
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Re: Enlace de contratos
En los contratos que yo he visto, siempre pone la causa y el nombre del sustituido/a. Esta claro, serian 2 ausencias distintas, 1 por maternidad y otra por excedencia aunque fuesen enlazadas (1 dia se acaba la maternidad y al dia siguiente empieza la excedencia), y se generarían 2 contratos distintos. Ok
(Lo de "se prorroga automaticamente" esta entre comillas, porque ya suponía que no esta en el Convenio ni Estatuto T., era para entendernos).
Saludos y gracias.
(Lo de "se prorroga automaticamente" esta entre comillas, porque ya suponía que no esta en el Convenio ni Estatuto T., era para entendernos).
Saludos y gracias.