Muy buenas, mi cuestión es la siguiente:
¿Un traslado por motivo justificado de cambio de centro por motivos personales, en el aeropuerto de destino, que plaza ocupa el trasladado; cuando me refiero a plaza, es si puede entorpecer procesos de consolidación de otros compañeros eventuales, contratos de interinidad y cobertura de plazas de prejubilación?
Un saludo a todos.