FORO AEROPUERTO DE BARCELONA

Impugnar una pregunta

Información y comentarios sobre la Convocatoria de Bolsas de Empleo para ENAIRE y Aena S.A.

Moderador: Moderadores

Re: Impugnar una pregunta

Notapor eowyn » 28 Feb 2016 17:34

Hola, me gustaría que explicarais que pasa cuando se impugna una pregunta. La anulan y hacen el calculo con una pregunta menos?, es decir, si el examen son 70 puntos, despues de impugnar son 69 puntos siendo el minimo para aprobar 34,5? o se la dan como correcta a todo el mundo? O alguna otra cosa?
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Re: Impugnar una pregunta

Notapor laudi » 28 Feb 2016 18:47

Conocéis de alguien que su cuadernillo de preguntas estuviera incompleto . Me examiné de TPO y el mío estaba incompleto ,por más vueltas que le día faltaban preguntas . Por lo visto no soy la única persona que le ha ocurrido esto . Lo dijé allí mismo en el examen y me indicaron que lo que tenía era lo correcto. Ahora contrastando con otros aspirantes me dicen que ellos tenían justo 190 preguntas . Mi cuadernillo sólo tenía 165 . Alguien está en mi situación en esta categoría o en otra ?
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Re: Impugnar una pregunta

Notapor olgapr » 28 Feb 2016 19:02

Hola,

Durante el examen, no dejan apuntar a parte, y escribir en la hoja autocopiable solo las respuestas, no se podía apuntar nada en esa hoja. Las anotaciones se podían realizar en el cuaderno de preguntas, que se firmaba y rellenaba con el nombre y demás, pero todo esto se recogía por los examinadores. Esto quiere decir, que únicamente podíamos disponer de bolígrafo, DNI, nada de papeles aparte, no nos quedamos nada que no fuera la hoja amarilla autocopiable de nuestras respuestas. Mucho menos móviles, ni hacer fotos, ni apuntar nada.

¿Cómo pues podemos apuntar las preguntas o alegar nada?

gracias,
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Re: Impugnar una pregunta

Notapor Javier » 28 Feb 2016 19:58

En relación a este tema, ponemos aquí tambien el mensaje que hay en el hilo de IC17-AAPUC sobre impugnación-reclamación de la prueba de Inglés:

Muy buenas a todos,

En primer lugar vamos a dirigir unos comentarios a los Servicios Jurídicos de Aena S.A.

1- http://www.aeropuertodebarcelona.net en adelante (Página) y http://www.aerocat.es en adelante (Foro) están dedicados a facilitar información pública con el objetivo de ayudar a los usuarios que lo solicitan.

2- No es tarea de la Página ni del Foro, realizar ningún asesoramiento jurídico y mucho menos incitar a presentar impugnaciones, reclamaciones ni procedimientos judiciales contra Aena S.A.

3- Ante la infinidad de e-mails recibidos y comentarios realizados en este Foro en referencia a si la dificultad de las pruebas del idioma inglés se ajustaba a lo estipulado en Programa de Selección de la ocupación y cómo se podía reclamar, nos hemos limitado a hacer una consulta a los servicios jurídicos de la Página y el Foro.

4- Todo lo que se relata y explica a continuación en color azul es el resultado de esa consulta.

5- Por parte de la Página y el Foro no entramos a valorar, ni recomendar nada y no nos identificamos necesariamente con ello.

Pues dicho esto, vamos a trascribir el informe-valoración que nos ha llegado:


En relación a la consulta realizada:

- El procedimiento sobre impugnaciones o reclamaciones sobre la prueba viene claramente especificado en el punto 6.3 de las Bases de la Convocatoria publicadas, considerando que es el primer paso a realizar, previo a la vía judicial si fuera el caso.

- El caso consultado sobre la dificultad de las pruebas de inglés, en principio y bajo el punto de vista jurídico es subjetivo, no pudiéndose concretar o precisar con exactitud cual es el índice de dificultad de una prueba de esas características y no habiendo baremos concretos en los cuales pueda basarse reclamación por vía judicial.

- Aena S.A. es una Sociedad Anónima Mercantil Estatal por lo que la vía judicial sería la interposicón de un Contencioso Administrativo, lo que representaría un procedimiento asistido por Abogado, Procurador y Péritos con un coste elevado y un plazo de resolución no inferior a 5 años. Para tener un mínimo de garantías habría que disponer de pruebas periciales que confirmaran que la dificultad de la prueba no se ajustaba a lo establecido.

- Este procedimiento sería otro si la representación sindical de Aena S.A. fuera la que presentara una demanda en los Juzgados de lo Social.

- Vista la definición de la prueba en el Programa de Selección publicado, donde no concreta con exactitud mesurable la dificultad de la prueba en cuestión y lo referenciado al respecto en el Directorio de Competencias del Sistema de Gestión por Competencias de Aena (CT 90 Idiomas, pag. 105), parece que la prueba no se ajustaba a ese nivel de dificultad teniendo en cuenta los comentarios de los candidatos.

- Por otra parte y en base a la jurisprudencia existente, no es probable que Aena S.A. repita la prueba si no existe una sentencia firme al respecto.

- Por todo ello, sin perjuicio de cualquier otra opción, por nuestra parte recomendamos presentar reclamación o impugnación, tal y como recogen las Bases de la Convocatoria, solicitando a la Comisión de Valoración que la prueba no sea eliminatoria, eliminando la puntuación mínima de 15 puntos establecida en el Programa de Selección.

- Visto lo estipulado en las Bases de la Convocatoria en el punto 6.3, sobre la única vía de impugnación-reclamación, la validez probatoria es igualmente válida sea escribiendo en el propio e-mail, como enviarlo en documento adjunto.

- Adjuntamos un escrito “modelo” para tal fin por si fuera de interés.


Adjunto a este mensaje está el "modelo" a que se hace referencia en formato word.
Por nuestra parte esperamos que esta información sea de ayuda, ante posibles consultas a Administradores y Moderadores o e-mails, no vamos a realizar más comentarios al respecto.
No tiene los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
Saludos
Javier


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Re: Impugnar una pregunta

Notapor ana2002 » 28 Feb 2016 21:35

Hola Javier,

una pregunta, imagino que también se puede presentar alegación sobre las pruebas teórico-prácticas de la ocupación IIIA02 Téc. Admvo., podemos utilizar el mismo modelo haciendo referencia a la CT52 Ofimática???

Gracias y saludos
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Re: Impugnar una pregunta

Notapor Javier » 28 Feb 2016 23:14

Nosotros hemos hecho una consulta sobre un tema concreto y hemos publicado la respuesta, eso no quiere decir que sea para utilizar el mismo argumento para presentar alegaciones cada vez que nos parezca que la prueba ha sido difícil.

En cualquier caso, que cada cual impugne lo que quiera.
Saludos
Javier


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Re: Impugnar una pregunta

Notapor sandrovich » 29 Feb 2016 01:59

Está claro que no te dejan llevarte el cuadernillo de preguntas porque éstas se reciclan. Pero es triste que hagan eso, porque se puede preguntar lo mismo cambiando el enunciado o las opciones, pero ni eso.
Entiendo que si el mismo día del examen ves alguna pregunta mal redactada o ves que ninguna de las opciones es correcta, la puedas apuntar o como mínimo recordar el número. Pero que pasa con alguna que has respondido y cuando publican la plantilla ves que has fallado y no sabes ni de que iba la pregunta. No es la primera vez que se publican los resultados y hay un error.
En fin, al final esto es lo que es, una bolsa hecha por una S.A.
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Re: Impugnar una pregunta

Notapor Framirer » 29 Feb 2016 16:12

Pues coincido con todos vosotros , yo me he presentado en Sevilla para IC 13y me he preparado a conciencia , yo tengo nivel b2, y el nivel de la prueb ha sido muy alto,nivel de c2 ....por lo me he quedado un poco sorprendido pues no coincide con el nivel solicitado publicado en la oferta de empleo para la bolsa . Yo he reclamado con este texto hoy pues solo hay dos días hábiles y en Andalucía es fiesta!!!!!, mucho ojo!!!!!, pues creo que no se tendrá en cuenta , por ello espero que el esfuerzo merezca la pena , os dejo el escrito que yo he presentado por si queréis usarlo, y uniros para que entre todos consigamos que se tenga en cuenta , pues no entiendo lo ocurrido en este aspecto .

Por cierto , alguien bilingüe que pueda colgar los resultados de su examen de ingles y francés , para cotejar ?
Muchas gracias Javier .
Saludos
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Re: Impugnar una pregunta

Notapor AlesteDX » 01 Mar 2016 16:06

Hola...

Acabo de realizar mis alegaciones a unas preguntas del examen de IIA08, como no especifica formato o modelo alguno en las bases, simplemente en el cuerpo del email he expuesto todo lo que he creído pertinente. Espero que no haya problemas luego de defecto de forma o historias similares.

Por otra parte, ¿sabeis si se recibe algún acuse de recibo o contestan confirmando la recepción del mensaje? Solo faltaría ahora que el email se perdiera y dieran la reclamación como no presentada. Mal sistema este para algo así...

Un saludo
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Re: Impugnar una pregunta

Notapor sandrovich » 01 Mar 2016 18:00

Te responden al mensaje comentando que se lo harán llegar a la comisión de valoración.

Y cuando se anula una pregunta, pues la nota se calcula sobre el total de preguntas válidas, sin son 69, pues 34,5 para pasar esa parte.

Saludos.
sandrovich
 
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