por Koral » 28 Ago 2010 15:36
Hola buenas,
Hay muchos criterios según los cuales se categorizan los aeropuertos: criterios operacionales para las compañías aéreas, criterios estadísticos en cuanto a número de pasajeros tratados, etc...
Pero en lo que al servicio de salvamento y extinción de incendios se refiere, la categoría de un aeropuerto viene determinada por el avión de mayor longitud que el aeropuerto podrá tratar, así como de la anchura de su fuselaje.
Toda esta información viene publicada en el anexo 14 al convenio de aviación civil internacional, en el cual aparecen unas tablas en las que se establecen unas cantidaes mínimas de agentes extintores a utilizar según la categoría del aeropuerto. Obviamente, si faltan bomberos, el número de agentes extintores operativos disminuye y por lo tanto, habrá que rebajar la categoría.
Sobre cada cuanto tiempo revisan la categoría? Pues todo depende del número de bomberos en servicio o equipos de extinción de incendios disponibles, y por lo tanto, del número de agentes extintores operativos en un momento dado en dicho aeropuerto. La categoría del aeropuerto se modifica en tiempo real en funcion de la disponibilidad de medios a través de la publicación de un NOTAM. En caso de que el cambio de categoría vaya a ser permanente o de larga duración (3 años o más) se modifica a través de una enmienda o suplemento al AIP (Manual de información aeronáutica) de España.
Sobre qué posibilidades hay de que vuelvan a subir la categoría del aeropuerto? pues yo creo que esa respuesta quien debería respondértela el comité de empresa de tu aeropuerto. Por cierto, si les haces esta pregunta, estaría muy interesado en conocer lo que te responden, si no te importa.
Pues nada espero haber podido resolver tus dudas.
Un saludo,