por Alberto » 04 Feb 2009 02:27
Hola,
Pues por otra parte quería comentar algo referente a lo leído aquí y en otros mensajes del foro:
Los méritos por "Servicios prestados en otras empresas" se computan SI SE CUMPLEN TODOS LOS REQUISITOS que especifican las Bases de la Convocatoria en el punto 8.2.2 apartado b).
Según lo estipulado y escrito en las Bases de la Convocatoria la cuestión está clara para el que quiera entenderla, el que no quiera es imposible que lo entienda. Y no entro a debatir si la norma está bien, es justa o no, pero es la que hay escrita.
Es tan sencillo como entender que se dan puntos por lo que está escrito, no basta con haber trabajado de relaciones publicas, informático, electricista, etc.
Del mismo modo no hay puntos de méritos por haber trabajado en Aena en cualquier ocupación, para esto último esta el apartado a) donde especifica que se dan puntos por haber trabajado en la misma ocupación, no en Aena.
Con esto quiero decir que para computar méritos hay que presentar:
- Contratos de Trabajo: En los mismos ha de figurar una categoría profesional igual a la plaza a la que se opta.
Ejemplo: No vale presentar contrato de Peón e intentar conseguir méritos para Técnico de Mantenimiento.
- Cerificado de vida laboral: En el constan los periodos contratados y el grupo de cotización que ha de ser igual o similar al de la ocupación a que se opta:
Ejemplo: No vale que figure grupo de cotización 1 (Licenciados), e intentar conseguir méritos para Técnico de Informática.
- Certificado de la/s emprersa/s sobre las tareas realizadas: Las tareas han de ser análogas o similares a las reflejadas en la ficha de ocupación.
Ejemplo: No vale presentar un cerificado diciendo que se han realizado tareas de relaciones públicas y atención al cliente en la empresa: "Carcutería Manolo", e intentar conseguir puntos de méritos para AAPUC.
Además en las Bases de la Convocatoria aparece así explicado:
"A estos efectos, se valorará la experiencia profesional demostrada documentalmente mediante la aportación conjunta de los contratos de trabajo, certificados acreditativos de haber realizado los trabajos analogos o similares a las funciones recogidas en la ficha de ocupación a la plaza a que aspira y certificado de la vida laboral actualizado, emitido por el organismo correspondiente."
Saludos
AlbertoModerador