noshantimao escribió:Alex escribió:Muy bien, pero el Ente Público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) no forma parte de la "Administración Pública", es un Ente Público con su Estatuto y Convenio propio por los que se regula su actividad.
AENA como Ente Público solo depende de Administraciones Públicas (MAP) para la autorización de plazas de las Ofertas de Empleo Público (OEP).
Y por cierto, los Asesores Jurídicos que citaba son de la Página y el Foro y no tienen nada que ver con esto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. Se entiende a los efectos de esta Ley por Administraciones Públicas:
A) La Administración General del Estado.
B) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas.
C) Las Entidades que integran la Administración Local.
2. Las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas tendrán asimismo la consideración de Administración Pública. Estas Entidades sujetarán su actividad a la presente Ley cuando ejerzan potestades administrativas, sometiéndose en el resto de su actividad a lo que dispongan sus normas de creación
Pues yo creo que un ente publico empresarial o una empresa publica es justo lo que dice el apartado 2 , de todas formas estoy de acuerdo que los tejemanejes de los sindicatos de clase se acabaran cargando AENA , ya que es la idea que han metido en los trabajadores , con sus acuerdos mafiosos , creyendose por encima al considerar los convenios superiores en rango legislativo a las legislaciones basicas , han inculcado el germen de lo que se ha cargado el empleo publico en AENA , pero ese es otro tema .
Vamos que la 30/92 es aplicable en AENA , eso es lo que queria argumentar !!!! Un saludo y se agradece el respeto y la amabilidad , perdon pensaba que te referias a algun listillo que ha aconsejado y puesto a algun "amigo" en contra de los ahora excompañeros !!!