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Como funciona el Correturnos?

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Como funciona el Correturnos?

Notapor alopama30 » 22 Abr 2008 10:23

Pues eso Alberto u otro colega. Quería saber cómo funciona la figura del correturnos.

¿Te pueden poner los turnos aleatoriamente respetando los descansos legalemente establecidos? Lo que quiero decir es si me pueden poner durante el mes/meses que estoy de correturnos y suponiendo que la cadencia de mi turno sea DNLLLL los turnos aleatoriamente (por ejemplo: DN LL DN LLLLLL, respetando que al final del mes/meses el cómputo final de horas trabajadas sea el mismo.

No sé si me he explicado bien

Gracias.
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Re: CORRETURNOS

Notapor Alberto » 22 Abr 2008 18:47

Hola,

El tema de los "correturnos" viene especificado en el Convenio Colectivo, en cualquier caso es muy difícil generalizar porque en cada centro hay acuerdos en un sentido y otro. :?

Te puedo decir que generalmente y con el máximo sentido común posible, se procura no rebasar el número de horas mensuales con los servicios a cubrir programados y respetar al máximo los periodos de descanso mínimo entre servicios.

Hay que tener en cuenta que el correturnos también cubre las bajas imprevistas, por tanto a veces es algo complicado respetar escrupulosamente lo establecido. 8-)
Saludos
Alberto


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Re: CORRETURNOS

Notapor alopama30 » 22 Abr 2008 19:15

Gracias ALberto:

Ya había mirado el IV Convenio pero aún sigue sin quedarme claro. Yo entiendo que lo que no pueden es poner 1 correturnos para quitar horas extras pero sin darle su cuadrante 5 días antes de que comienze el mes no, según indica el Art. 61 pto 5.?

Mi pregunta es si pueden ir poniéndome cada semana un turno diferente (es decir cubriendo a todos aquellos que tengan horas a librar) añun respetando los descanso estipulados.

Según pone en el Art. 71 referente a los correturnos no se puede hacer pues dice: "Estos trabajadores tendrán derecho a los descanso correspondientes a la cadencia de turno del trabajador que sustituye y a los legal y convencionalemnte establecidos". Por lo que yo entiendo que no puedo cubrir 1 día de un trabajador y otro de otro.

También indica que el fin del correturnos es cubrir un determinado tipo coberturas como son las horas sindicales, vacaciones, (véase art. 71 pto 1) pero no indica que el coreturnos tenga que cubrir las horas que los trabajadores se han pedido a descansar al 200% por haber revasado el exceso de horas.

Bueno espero me hayas entendido, aunque yo a veces incluso creo que me lío.....


Muchas gracias de todas formas.
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Re: CORRETURNOS

Notapor Alberto » 22 Abr 2008 20:07

Hola de nuevo,

Si que entendí, como que estuve 7 años a H-24/2 con correturnos. 8-)

Viendo estrictamente el IV Convenio e independientemente de los acuerdos que pueda haber en cada centro:

1- En todos los colectivos con 5 componentes + correturnos se rebasa el computo anual de horas según Convenio, por tanto cada trabajador hay que desprogramarle horas a lo largo del año, salvo que quiera trabajarlas gratis.

2- El cuadrante con los servicios programados del correturnos, efectivamente lo ha de tener con 5 días de antelación, pero tambien has de cubrir las I.L. y las ausencias imprevistas, por tanto si surje alguna, hay que cubrirla.

3- El correturnos ha de cubrir los servicios que solicita el resto del colectivo por "desprogramación de horas", estos son los servicios programados que tiene que cubrir el correturnos y que figuran en cuadrante 5 días antes. Evidentemente durante el mes de correturnos no tienes una cadencia de servicios como en un mes que no hagas de correturnos, se intentan respetar en los programados la última parte del párrafo "los legalmente y convencionalmente establecidos".

4- Los descansos legalmente establecidos no son los que dispones en la cadencia habitual del turno.

Ten en cuenta que tú haces un mes de correturnos, pero el resto de meses hasta hacer la rueda, eres tú uno de los que pide días de libranza por desprogramación de horas.

Creo que tu confusión está en que crees que "los descansos legalmente establecidos" son los días de libranza habituales en el cuadrante en los meses que no estas de correturnos, y no es así.

Como resumen:

El mes de correturnos geralmente es un auténtico "desbarajuste" :o , excepto si cubres un mes de vacaciones, ya que entonces haces el servicio habitual del compañero que está de vacaciones.
Saludos
Alberto


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Re: CORRETURNOS

Notapor alopama30 » 22 Abr 2008 21:36

Gracias nuevamente Alberto.

Bueno esperaremos a ver que quieren hacer y cómo lo plantean y luego ya veremos si cumplen o no el Convenio.
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